REGIMEN DE LOS COMITES SECTORIALES

 

Definición, requisitos para integrarse como miembro, obligaciones y derechos derivados de la condición de miembro.

 

DEFINICIÓN

Colectivos que, por acuerdo de la Junta Directiva y a instancia de las Plataformas de comunicación adheridas a Anude, se constituyen como órganos consultivo/asesores, y de control, seguimiento y mejora constante, de los servicios de comunicación y transmisión electrónica de datos, que desarrollan y prestan dichas Plataformas.

 

Los Comités sectoriales están integrados por un numero indeterminado de representantes de los distintos agentes intervinientes en el sector económico al que se dirigen los servicios de las citadas Plataformas tecnológicas.

 

REQUISITOS

Cuestión previa: Los Comités Sectoriales tienen dos fases de desarrollo o actividad, marcadas por la propia evolución de las iniciativas o proyectos de comunicación y transmisión de datos electrónicos, promovidos y/o puestos en marcha, para cualquier sector, por Anude y/o las Plataformas adheridas:

 

Fase 1ª.- DE INVESTIGACIÓN Y CREATIVA

Comienza cuando, después de la correspondiente investigación, Anude y/o la Plataforma deciden acometer un sector determinado, con carencias en desarrollos tecnológicos o aplicaciones adecuadas para la comunicación electrónica de datos entre sus empresas.

 

Fase 2ª.-OPERATIVA Y DE SEGUIMIENTO YCONTROL

Comienza cuando son operativos los sistemas de comunicación desarrollados por la Plataforma y puede dar comienzo su implantación en el sector.

 

A partir de este momento, las actividades más destacadas del Comité deberán ser las de SEGUIMIENTO Y CONTROL y por supuesto, la mejora constante de la calidad del servicio que presta la Plataforma.


Resumiendo, los miembros de estos Comités, se eligen para que participen con Anude y la Plataforma, en la primera fase, en la búsqueda y diseño de las mejores soluciones de comunicación para su sector y por consiguiente, para su empresa y en la segunda fase, en el seguimiento y control de la calidad del servicio, a través del cual se aplican dichas soluciones y en la mejora continuada de las mismas.


Es evidente por tanto que, para ser miembro del Comité durante la primera fase, no parece que deba ser condición o requisito imprescindible, suscribir un contrato de servicios con la Plataforma ni obligatorio darse de alta en Anude. No existe el servicio y por tanto tampoco los usuarios. Sin embargo, si resultan imprescindibles dicha condición y obligación, en la segunda fase.

Para poder tener criterio en base al que ejercer el control y seguimiento de los servicio y proponer las mejoras correspondientes, se necesita ser usuario de los mismos. Por ello, lógicamente, se han tenido en consideración dichas circunstancias, a la hora de definir o señalar los siguientes requisitos, exigibles para ser miembro de estos Comités:

•  Formar parte del Sector (de su Cadena de Suministro), en el que Anude promueve el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y al que dirigen sus actuaciones las Plataformas tecnológicas adheridas a la Asociación.

•  Estar interesado en el desarrollo e implantación de soluciones y estándares de comunicación para su gestión empresarial.

•  Asumir expresamente, el compromiso de colaborar con la Asociación, asesorando a esta y a la Plataforma del sector correspondiente, durante la fase de búsqueda y diseño de las mejores soluciones de comunicación y transmisión electrónica de datos, aportando para ello, sus opiniones y sus conocimientos y experiencias sobre la problemática del sector y en la segunda fase, ejerciendo el seguimiento y control de la calidad del servicio, a través del cual se aplican dichas soluciones y participando en la mejora continua de las mismas.

•  Asumir igualmente el compromiso de solicitar el alta como socio en Anude y suscribir con la plataforma el correspondiente contrato de servicios, al finalizar la primera fase, o lo que es lo mismo, una vez concluido por parte de la Plataforma, el diseño del sistema de comunicación y ser operativa la transmisión electrónica de datos.

•  Estar en disposición de asumir las funciones o cargos, para los que fuere elegido, dentro del Comité y en la Junta Directiva de Anude.

 

OBLIGACIONES

•  Asistir a cuantas reuniones sea convocado.

•  Permanecer en el Comité, un mínimo de dos años, a partir de la firma del contrato de servicios con la Plataforma.

•  Colaborar en la promoción de los proyectos o soluciones sectoriales, desarrollados por la Plataforma, dándolos a conocer entre sus clientes y proveedores.

•  Participar de manera activa, personal y colectivamente, en la propuesta de soluciones y en el ejercicio del control y supervisión de la calidad de los servicios que presta la plataforma.

•  Aceptar los cargos, para los que fuere elegido dentro del Comité y en la Junta Directiva de Anude.

•  Guardar la debida reserva sobre aquella información o datos, tratados dentro de los órganos de la Asociación y considerados expresamente confidenciales.

 

DERECHOS.

•  Elegir y a ser elegido Presidente del Comité y en consecuencia, Vocal de la Junta Directiva de Anude.

•  Hacer, dentro del Comité o a través de los mecanismos que se puedan habilitar, cuantas sugerencias y propuestas considere oportunas o convenientes para el desarrollo y mejora de soluciones encaminadas a dar respuestas a las necesidades o problemas de comunicación electrónica entre las empresas de su sector.

•  Ejercer personal o colectivamente el seguimiento y control de la calidad de los servicios prestados por la Plataforma Tecnológica adherida a Anude.

•  Conocer los resultados de los controles o auditorias técnicas, que realice Anude sobre, la calidad de los servicios y los proveedores de estos.

•  Beneficiarse, durante sus años de pertenencia al Comité, de bonificaciones y precios especiales, en la contratación de los servicios prestados por las Plataformas.

•  Poder testar de forma gratuita, dentro del periodo de prueba, las primeras versiones de cualquier desarrollo o aplicación tecnológica diseñada por la Plataforma.

•  Hacer uso público de su pertenencia al Comité Sectorial que corresponda.